Blog Layout

Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) La opción para los nuevos emprendedores

GP Consultoría Empresarial • 20 de junio de 2023

Cuando comenzamos nuestra vida como empresarios nos enfrentamos a un primer problema, ¿cómo es que se constituye una empresa? Nos hablan de notarios, de firmas, de costos, socios, firma electrónica, citas en el SAT y demás temas que desconocemos por ser nuevos en el mundo del emprendimiento.

No hay que preocuparnos; existe una opción para crear una empresa de manera sencilla y rápida, esta opción es la “Sociedad por Acciones Simplificada” mejor conocida como SAS. En mi opinión, lo que hace muy atractiva esta figura es que se trata de una empresa unipersonal, es decir, la puede constituir un solo socio. Así no tendrás la necesidad de pedir el favor de quién quiere ser tu socio, ya que en la mayoría de las veces emprendemos de manera solitaria.

Pasemos a ver las bondades de esta figura:

1.    Es una sociedad unipersonal (sí admite más socios)

2.    Se constituye en línea en la siguiente liga: https://www.gob.mx/tuempresa/articulos/crea-tu-sociedad-por-acciones

3.    Obtienes la firma electrónica de la empresa en línea sin tener que hacer cita en el SAT.

4.    La sociedad queda registrada en línea en el Registro Público de Comercio; de esta manera no tenemos que esperar a que el notario mande la solicitud de inscripción y depender de los tiempos del Registro Público de Comercio.

Requisitos del socio para constituir una SAS:

1.    Estar dado de alta en el SAT.

2.    Debes contar con tu firma electrónica

3.    Tener tres alternativas para nombrar a la sociedad.

4.    En ningún caso los accionistas podrán ser simultáneamente accionistas con toma de decisión de otro tipo de sociedad mercantil (por ejemplo: administrador, mayoría accionaria, etc.).

Limitantes:

1.    Límite máximo de ingresos, los cuales no pueden exceder 5 millones de pesos al año. En caso de que suceda, deberás acudir al notario para cambiar la SAS por una S.A., S de R.L. o alguna otra figura que se acomode al giro de tu negocio.

 

Ya tienes la idea, ya la quieres poner formalmente en marcha, ahora solo aprovecha la figura de la SAS, emprender y convertirte en empresario.

Si necesitas asesoría, no dudes en contactarnos:  Presiona aquí

 

Enrique Garduño López


22 de enero de 2025
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que en 2025 inmovilizará cuentas bancarias de contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones fiscales. Estas acciones aplicarán en casos específicos, diseñados para garantizar el cumplimiento tributario. A continuación, te explicamos las principales razones y cómo estar prevenido. Motivos de bloqueo de cuentas por parte del SAT: Incumplimiento en el pago de impuestos. Adeudos fiscales significativos no pagados pueden llevar al bloqueo de cuentas. Falta de declaraciones fiscales. La omisión repetida de presentar declaraciones puede terminar en inmovilización de cuentas. Irregularidades en ingresos declarados. Si los movimientos bancarios no coinciden con las declaraciones fiscales, el SAT podría bloquear la cuenta. Actividad sospechosa o lavado de dinero. La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) colabora con el SAT para detectar movimientos financieros anómalos. Operaciones simuladas y empresas fantasma. Si se identifican contribuyentes usando facturas falsas o actividades inexistentes, se bloquearán sus cuentas. Qué implica la inmovilización de cuentas: El SAT ordenará a las instituciones bancarias retener los fondos necesarios para cubrir adeudos fiscales actualizados, incluidos recargos, multas y gastos de ejecución. Esto puede suceder en dos escenarios: Adeudos sin medios de defensa: Cuando no se impugnó la resolución o esta favoreció al SAT. Garantías fiscales insuficientes: Cuando el adeudo no se garantizó adecuadamente en un proceso de defensa. Opciones para evitar el bloqueo: Los contribuyentes pueden ofrecer garantías alternativas, como: Depósitos en efectivo o cartas de crédito. Prendas, hipotecas o fianzas autorizadas. Obligación solidaria por terceros solventes. Embargos administrativos o títulos de valor. El SAT notificará estos procedimientos a través del buzón tributario, en el domicilio fiscal, o, en su defecto, por estrados. Recomendaciones: Para evitar problemas con el SAT, asegúrate de mantener tus declaraciones al día, corregir inconsistencias y responder oportunamente a cualquier notificación. Así, evitarás sorpresas desagradables que puedan afectar la operatividad de tus finanzas. Recuerden, si desean más información o aclarar sus dudas, no olviden en contactarnos.
por JOSE ALBERTO MORA ENRIQUEZ 4 de marzo de 2024
🏁En esta emisión de #EncuentrosGP 🏎, descubre lo no tan conocido de la F1.✨ El nivel de compromiso de los pilotos, el impacto global y económico que se genera a apartir de este gran evento. Las diferentes formas de tener acceso y que nunca habías escuchado. ¡Esto y mucho más! #GPConsultoríaEmpresarial Asesórate con profesionales. www.gpconsultoria.mx contacto@gpconsultoria.mx (55)5131-8572 #Contadores #Fiscal #Emprendimiento #Estrategia #Finanza #NoticiasAlInstante
por G121 23 de diciembre de 2023
Para nuestro especial navideño, hemos invitado Francisco del Toro, especialista automotriz quien nos compartirá acerca del fascinante mundo del automovilismo. Nos adentraremos en esta industria y también nos compartirá tips para tomar en cuenta en la selección de un auto, así como otros temas interesantes y de tendencia. Deseamos que disfruten de una Navidad y Año Nuevo rodeados de amor, paz, buena salud, prosperidad y que el 2024 sea un año maravilloso. ¡Esperamos que lo disfruten! Felices fiestas te deseamos todo el equipo de GP Consultoría Empresarial.
Share by: